Clientes

Clientes satisfechos son nuestra meta. Explora cómo Holcim brinda soluciones de construcción confiables y personalizadas para satisfacer tus necesidades.

Si Usted quiere ser uno de nuestros clientes y comenzar a operar con nuestra empresa, puede contactarnos por teléfono, mail o fax, solicitando la apertura de su cuenta.

Una vez iniciado este contacto, deberá completar los formularios diseñados para registrar todos los datos de su negocio, los cuales nos permitirán conocerlo en más detalle.

Estos formularios los puede solicitar llamando al Centro de Atención al Cliente al 0800 777 6463 o escribiendo a info.argentina@holcim.com

Un Ejecutivo Comercial de Holcim será el encargado de hacerle llegar estos formularios.

Son trámites sencillos que nuestros colaboradores resolverán de manera eficiente, y a través de los cuales Usted también podrá conocer nuestra operatoria comercial.

La información brindada será utilizada exclusivamente en relación a la operatoria comercial entre Holcim y Ud. en su calidad de cliente (facturación, publicidad, etc.), será mantenida en los registros que mantiene el Departamento Comercial en Complejo Capitalinas, Edificio Suquía 4° Piso, Humberto Primo 680 - Córdoba (X5000FAN), al cual Ud. podrá dirigirse a fin de solicitar el acceso, rectificación o supresión de los datos que estime necesarios, en un todo conforme a lo dispuesto en la ley 25.326 y sus normas reglamentarias.

FORMULARIOS ALTA DE CLIENTE


Holcim ahora le acerca la posibilidad de completar los formularios para gestionar el alta de cliente agilizando el envío de los mismos a través del 0800 777 6463 o vía electrónica a info.argentina@holcim.com

Solicitud de alta de cliente
Instructivo formulario alta de cliente

Retenciones

¿Dónde enviar las retenciones?

A fin de facilitar su gestión diaria y agilizar el proceso de contabilización de retenciones, queremos informarle que sólo se tomarán como válidos los certificados de retención en los siguientes formatos:

  • Comprobantes en formato digital (escaneados) y con su respectiva firma manuscrita.
  • Comprobantes digitalizados con firma digital.

Los comprobantes enviados por correo electrónico serán válidos únicamente cuando mencionen en el email los siguientes requisitos obligatorios:

A. Detalle de pago y número de facturas que está abonando

B. Número de certificado de retención que se adjunta y por cada uno de ellos indicar:

B.1) Tipo de impuesto

B.2) Si se trata de Ingresos Brutos y/o Municipales indicar la jurisdicción

B.3) Monto de la retención


Por esto, el certificado en formato papel ya no deberá ser enviado, quedando inválido para esta gestión.

¿A dónde puedo enviar los comprobantes digitalizados de retenciones?

Les recordamos que el plazo de envío de los certificados de retención es de 5 días hábiles luego de emitido el pago de la factura.

Continuamos trabajando para mejorar nuestro servicio.

info.argentina@holcim.com
aplicaciondepagos-arg@holcim.com

Preguntas frecuentes

¿Cuándo operan los vencimientos generales para no sufrir percepciones?
Motivo de No Percepción Vencimiento
CM05 - Coeficiente menor a 0,1 en determinadas jurisdicciones. El 30 de junio del año siguiente al de su presentación.
Actividad industrial Provincia de Córdoba. APORTA NOTA EN CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA. El 31 de diciembre del año en que aportó la nota.
Actividad industrial Provincia de Córdoba. APORTA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE IIBB QUE INCLUYE LA EXENCIÓN. El 30 de abril del año siguiente a la finalización de la validez de la exención indicada en la constancia.
Certificados de No Percepción. De acuerdo al plazo de vigencia indicado en el certificado.
Exenciones normativas De acuerdo a lo indicado en la normativa de cada jurisdicción (deben indicar el artículo y la norma que establece la exención y/o exclusión).
 
¿Qué documentación impositiva que debe ser presentada al momento de generarse el alta de cliente? (completa y actualizada).
  • Constancia de inscripción ante AFIP actualizada.
  • Constancia de inscripción en Ingresos Brutos, para contribuyentes locales.
  • Formulario CM 05 vigente, para contribuyentes de Convenio Multilateral. En su defecto, formulario CM 01 actualizado a la fecha.
  • Constancias de exención y/o certificados de no percepción.
  • Constancias de inscripción como agentes de retención/percepción en aquellas jurisdicciones donde revistan tal carácter.
  • En caso de exenciones a nivel nacional/provincial/municipal, indicar a través de una nota la normativa que establece la exención.
¿Se pueden devolver las percepciones practicadas?

No están autorizadas las devoluciones en los casos en que no se haya contado con la condición fiscal actualizada al momento de la facturación.